Los textiles generalmente no entran dentro del ámbito de las directivas CE y no requieren el marcado CE. Lo que realmente se necesita: REACH (notificación SVHC + restricciones del Anexo XVII como colorantes azoicos, formaldehído, liberación de níquel, etc.), reglamento de etiquetado de composición de fibras (UE) 1007/2011, GPSR Reglamento General de Seguridad de los Productos, así como informes RSL exigidos por el cliente y certificación OEKO-TEX. Si se incluyen componentes electrónicos (como ropa calefactable), el producto completo necesita LVD/EMC de CE.
Esta es una típica concepción errónea del "CE universalismo": muchas categorías de productos simplemente no están dentro del ámbito de CE, y forzar la certificación CE tanto desperdicia dinero como no resuelve el problema. La base para el juicio es siempre si el producto entra dentro del ámbito de aplicación de una directiva CE específica.